sábado, 29 de agosto de 2015

Recuento de información entregada en este blog








Entrevista a Supervisor de obra de Empresa constructora Guzmán y Larrain.






¿Qué es ODI?


El artículo 21 del Decreto Supremo Nº 40, de 1969, que contiene el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, establece que los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correcto. 

Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa. 

El empleador debe dar cumplimiento a las obligaciones antes referida a través de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, al momento de contratar a los trabajadores o de crear actividades que impliquen riesgos.


Cuando en la respectiva empresa no existan los Comités o los Departamentos señalados precedentemente, el empleador debe proporcionar la información correspondiente en la forma que estime conveniente y adecuada.



Referencias.

Dirección del trabajo. (2013). ¿En qué consiste el derecho a saber del trabajador respecto de los riesgos inherentes a sus labores?. Agosto 27, 2015, de Dirección del trabajo Sitio web: http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-95297.html

Los Factores personales.

Los factores personales pueden dividirse en tres grandes tipos:

1.- Falta de conocimiento (no sabe)

2.- Falta de motivación o actitud indebida. (No quiere)

3.- Falta de capacidad física o mental (no puede)

Falta de conocimiento: la falta de conocimiento o de habilidad se produce cuando la persona se ha seleccionado mal para el cargo a ejecutar, no es el trabajador adecuado, no se le ha enseñado o no ha practicado lo suficiente.

Generalmente ocurre que un supervisor manda a un trabajador a realizar una actividad sin preguntar si sabe o no hacerlo, o no cerciorase de que efectivamente sabe el trabajo que se le ha asignado.

Falta de motivación: las actitudes indebidas se producen cuando la persona trata de ahorrar tiempo, de evitar esfuerzos, de evitar incomodidades o de ganar un prestigio mal entendido. En resumen, cuando su actitud hacia su propia seguridad y la de los demás no son positiva.

Falta de capacidad: la incapacidad física o mental se produce cuando la persona se ha seleccionado mal para el cargo a ejecutar, no es el trabajador adecuado, la persona ha visto disminuida su capacidad física o mental.

El control de estos factores personales se puede hacer con selección de personal, entrenamiento, controles médicos y otras prácticas de buena administración.

Causa ambiental del accidente: a las causas ambientales de los accidentes las hemos llamado condiciones subestándares. En general, las condiciones subestándares se definen como cualquier condición del ambiente de trabajo que puede contribuir a un accidente. 

Estas condiciones del ambiente de trabajo está conformado por el espacio físico, herramientas, estructuras, equipos y materiales en general, que no cumplen con los requisitos mínimos para garantizar la protección de las personas y los recursos físicos del trabajo.

Ejemplos de condiciones subestándar

1. Líneas eléctricas sin conexión a tierra.
2. Piso resbaladizo o con manchas de aceite.
3. Caminos y señalización en mal estado.
4. Equipos de levante en mal estado.
5. Correa transportadora sin protección.
6. Engranajes o poleas en movimiento sin protección.


Tal como las acciones subestándares existían factores personales que las hacían aparecer, en las condiciones subestándares existen orígenes que las hacen aparecer. A ese factor que explica las condiciones subestándares lo llamamos factor del trabajo.



Referencias

Soster, W. (2004). Capítulo 10: Tipos de factores personales. Agosto 27, 2015, de mailxmail.com Sitio web: http://www.mailxmail.com/curso-prevencion-demandas-laborales/tipos-factores-personales

viernes, 28 de agosto de 2015

Cuida tus manos


Durante el trabajo, los operarios empuñan palancas y piquetas, sujetan ganchos y eslingas, colocan tuercas y abrazaderas, mueven cajas, manejan máquinas y herramientas, accionan volantes, válvulas e interruptores, manipulan productos químicos y piezas calientes, objetos cortantes, etc. 
Como consecuencia, resultan ser las manos la parte del cuerpo más directamente expuesta a sufrir lesiones.



  • Siempre que el trabajo tenga riesgos para las manos se utilizarán guantes de protección adecuados al tipo de riesgo de que se trate.

  • Trabajando en máquinas con partes en movimiento (taladros, tornos...) no deberán usarse anillos, pulseras, relojes, etc., que puedan resultar enganchados. En estos casos tampoco deben usarse guantes, dado el peligro de atrapamiento y posterior arrastre que esta máquinas presentan.

  • No deben acercarse las manos a los elementos de máquinas en movimiento.

  • Para medir, limpiar, engrasar y reparar una máquina, debe pararse antes ésta y asegurarse de que no se pondrá en movimiento inadvertidamente.

  • Las herramientas manuales que se empleen deben estar en buen estado y deben usarse correctamente (no usar una lima como palanca, una llave como martillo, etc.).

  • Las heridas, por pequeñas que parezcan, deben desinfectarse de inmediato.

  • Para manejar objetos cortantes, como chapas, perfiles, etc. o punzantes, como cables, se usarán guantes de cuero o material similar, muy resistente.

  • Para trabajar con objetos o materiales calientes, se usarán guantes de protección contra el calor.

  • Para realizar tareas en presencia de tensión eléctrica, las manos se protegerán con guantes  aislantes.

  • Cuando se realicen trabajos con riesgo de salpicaduras de líquidos corrosivos o riesgo de sufrir quemaduras por chispas, llamas, radiaciones, etc., los guantes deberán ser largos o se suplementarán con falsas mangas.







Referencias.

Paritarios. (2013). Proteja sus Manos en el Trabajo. Agosto 26, 2015, de Paritarios Sitio web: http://www.paritarios.cl/consejos_manos.htm

¿Quiénes Entregan Los EPP?

Los artículo 53º y 54º del Decreto Supremo Nº594, establece que las obligaciones del empleador son las siguientes: entregar en forma gratuita los elementos de protección, que tales equipos sean adecuados al riesgo a cubrir, que se capaciten a los trabajadores en el uso correcto y en la mantención de su funcionamiento, y en último término, que estos productos sean certificados, de acuerdo con las normas y exigencias de calidad que rijan para tales artículos según su naturaleza, de conformidad a lo establecido en el Decreto Nº18. Al mismo tiempo, señala la obligación del trabajador de usar los equipos mientras permanezca expuesto al riesgo.













Referencias.

Instituto de salud publica. (2014). Marco Legal: Sección Elementos de Protección Personal. Agosto 26, 2015, de Ministerio de Salud Sitio web: http://www.ispch.cl/saludocupacional/subdepto_seguridad_tecnologias/secciones/proteccion_personal/marco_legal


Tipos De Elementos De Protección Personal

1. Protección a la Cabeza.

- Los elementos de protección a la cabeza, básicamente se reducen a los cascos de seguridad.

- Los cascos de seguridad proveen protección contra casos de impactos y penetración de objetos que caen sobre la cabeza.

- Los cascos de seguridad también pueden proteger contra choques eléctricos y quemaduras.

- El casco protector no se debe caer de la cabeza durante las actividades de trabajo, para evitar esto puede usarse una correa sujetada a la quijada.

- Es necesario inspeccionarlo periódicamente para detectar rajaduras o daño que pueden reducir el grado de protección ofrecido.

2. Protección de Ojos y Cara.

- Todos los trabajadores que ejecuten cualquier operación que pueda poner en peligro sus ojos, dispondrán de protección apropiada para estos órganos.
- Los anteojos protectores para trabajadores ocupados en operaciones que requieran empleo de sustancias químicas corrosivas o similares, serán fabricados de material blando que se ajuste a la cara, resistente al ataque de dichas sustancias.
- Para casos de desprendimiento de partículas deben usarse lentes con lunas resistentes a impactos.
- Para casos de radiación infrarroja deben usarse pantallas protectoras provistas de filtro.
- También pueden usarse caretas transparentes para proteger la cara contra impactos de partículas.

2.1 Protección para los ojos :son elementos diseñados para la protección de los ojos, y dentro de estos encontramos:

- Contra proyección de partículas.
- Contra líquido, humos, vapores y gases
- Contra radiaciones.

2.2 Protección a la cara: son elementos diseñados para la protección de los ojos y cara, dentro de estos tenemos:

- Mascaras con lentes de protección (mascaras de soldador), están formados de una máscara provista de lentes para filtrar los rayos ultravioletas e infrarrojos.

- Protectores faciales, permiten la protección contra partículas y otros cuerpos extraños. Pueden ser de plástico transparente, cristal templado o rejilla metálica.

3. Protección de los Oídos.

- Cuando el nivel del ruido exceda los 85 decibeles, punto que es considerado como límite superior para la audición normal, es necesario dotar de protección auditiva al trabajador.

- Los protectores auditivos, pueden ser: tapones de caucho u orejeras (auriculares).

- Tapones, son elementos que se insertan en el conducto auditivo externo y permanecen en posición sin ningún dispositivo especial de sujeción.

- Orejeras, son elementos semiesféricos de plástico, rellenos con absorbentes de ruido (material poroso), los cuales se sostienen por una banda de sujeción alrededor de la cabeza.

4. Protección Respiratoria.

- Ningún respirador es capaz de evitar el ingreso de todos los contaminantes del aire a la zona de respiración del usuario. Los respiradores ayudan a proteger contra determinados contaminantes presentes en el aire, reduciendo las concentraciones en la zona de respiración por debajo del TLV u otros niveles de exposición recomendados. El uso inadecuado del respirador puede ocasionar una sobre exposición a los contaminantes provocando enfermedades o muerte.

Limitaciones generales de su uso.

- Estos respiradores no suministran oxígeno.

- No los use cuando las concentraciones de los contaminantes sean peligrosas para la vida o la salud, o en atmósferas que contengan menos de 16% de oxígeno.

- No use respiradores de presión negativa o positiva con máscara de ajuste facial si existe barbas u otras porosidades en el rostro que no permita el ajuste hermético.

Tipos de respiradores.

- Respiradores de filtro mecánico: polvos y neblinas.
- Respiradores de cartucho químico: vapores orgánicos y gases.
- Máscaras de depósito: Cuando el ambiente está viciado del mismo gas o vapor.
- Respiradores y máscaras con suministro de aire: para atmósferas donde hay menos de 16% de oxígeno en volumen.

5. Protección de Manos y Brazos.

- Los guantes que se doten a los trabajadores, serán seleccionados de acuerdo a los riesgos a los cuales el usuario este expuesto y a la necesidad de movimiento libre de los dedos.
- Los guantes deben ser de la talla apropiada y mantenerse en buenas condiciones.
- No deben usarse guantes para trabajar con o cerca de maquinaria en movimiento o giratoria.
- Los guantes que se encuentran rotos, rasgados o impregnados con materiales químicos no deben ser utilizados.

Tipos de guantes.

- Para la manipulación de materiales ásperos o con bordes filosos se recomienda el uso de guantes de cuero o lona.
- Para revisar trabajos de soldadura o fundición donde haya el riesgo de quemaduras con material incandescente se recomienda el uso de guantes y mangas resistentes al calor.
- Para trabajos eléctricos se deben usar guantes de material aislante.
- Para manipular sustancias químicas se recomienda el uso de guantes largos de hule o de neopreno.

6. Protección de Pies y Piernas.

- El calzado de seguridad debe proteger el pie de los trabajadores contra humedad y sustancias calientes, contra superficies ásperas, contra pisadas sobre objetos filosos y agudos y contra caída de objetos, así mismo debe proteger contra el riesgo eléctrico.

Tipos de calzado.

- Para trabajos donde haya riesgo de caída de objetos contundentes tales como lingotes de metal, planchas, etc., debe dotarse de calzado de cuero con puntera de metal.
- Para trabajos eléctricos el calzado debe ser de cuero sin ninguna parte metálica, la suela debe ser de un material aislante.
- Para trabajos en medios húmedos se usarán botas de goma con suela antideslizante.
- Para trabajos con metales fundidos o líquidos calientes el calzado se ajustará al pie y al tobillo para evitar el ingreso de dichos materiales por las ranuras.
- Para proteger las piernas contra la salpicadura de metales fundidos se dotará de polainas de seguridad, las cuales deben ser resistentes al calor.

7. Cinturones de seguridad para trabajo en altura.

- Son elementos de protección que se utilizan en trabajos efectuados en altura, para evitar caídas del trabajador.
- Para efectuar trabajos a más de 1.8 metros de altura del nivel del piso se debe dotar al trabajador de:
- Cinturón o Arnés de Seguridad enganchados a una línea de vida.

8. Ropa de Trabajo.

- Cuando se seleccione ropa de trabajo se deberán tomar en consideración los riesgos a los cuales el trabajador puede estar expuesto y se seleccionará aquellos tipos que reducen los riesgos al mínimo.
Restricciones de Uso.
- La ropa de trabajo no debe ofrecer peligro de engancharse o de ser atrapado por las piezas de las máquinas en movimiento.
- No se debe llevar en los bolsillos objetos afilados o con puntas, ni materiales explosivos o inflamables.
- Es obligación del personal el uso de la ropa de trabajo dotado por la empresa mientras dure la jornada de trabajo.

9. Ropa Protectora.

- Es la ropa especial que debe usarse como protección contra ciertos riesgos específicos y en especial contra la manipulación de sustancias cáusticas o corrosivas y que no protegen la ropa ordinaria de trabajo.

Tipo de ropa protectora.

- Los vestidos protectores y capuchones para los trabajadores expuestos a sustancias corrosivas u otras sustancias dañinas serán de caucho o goma.
- Para trabajos de función se dotan de trajes o mandiles de asbesto y últimamente se usan trajes de algodón alunizado que refracta el calor.

-Para trabajos  en equipos que emiten radiación (rayos x), se utilizan mandiles de plomo.















Referencias.


Montanares, C. (2015). Equipos de Protección Personal. Agosto 27, 2015, de Paritarios Sitio web: http://www.paritarios.cl/especial_epp.htm

¿Qué son los Elementos de Protección Personal (EPP)?

- Los EPP comprenden todos aquellos dispositivos, accesorios y vestimentas de diversos diseños que emplea el trabajador para protegerse contra posibles lesiones.

- Los equipos de protección personal (EPP) constituyen uno de los conceptos más básicos en cuanto a la seguridad en el lugar de trabajo y son necesarios cuando los peligros no han podido ser eliminados por completo o controlados por otros medios como por ejemplo: Controles de Ingeniería.

- La Ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en su Artículo nº 68 establece que: “las empresas deberán proporcionar a sus trabajadores, los equipos e implementos de protección necesarios, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor”.


Requisitos de un E.P.P.

- Proporcionar máximo confort y su peso debe ser el mínimo compatible con la eficiencia en la protección.

- No debe restringir  los movimientos del trabajador.
- Debe ser durable y de ser posible el mantenimiento debe hacerse en la empresa.
- Debe ser construido de acuerdo con las normas de construcción.
- Debe tener una apariencia atractiva.

Clasificación de los E.P.P.

  • Protección a la Cabeza (cráneo).
  • Protección de Ojos y Cara.
  • Protección a los Oídos.
  • Protección de las Vías Respiratorias.
  • Protección de Manos y Brazos.
  • Protección de Pies y Piernas.
  • Cinturones de Seguridad para trabajo en Altura.
  • Ropa de Trabajo.
  • Ropa Protectora.









Referencias.

Instituto de salud publica. (2013). Elementos de Protección Personal (EPP). Agosto 25, 2015, de Ministerio de Salud Sitio web: http://www.ispch.cl/elementos-de-proteccion-personal-epp

Mutual de Seguridad. (2014). ¿Qué entendemos por EPP?. Agosto 25, 2015, de Mutual de Seguridad Sitio web: https://www.mutual.cl/cphs/ActividadSugeridacphs/tabid/1122/id/1706/Default.aspx

UOCRA. (2005). PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Agosto 25, 2015, de Red social UOCRA Sitio web: http://www.uocra.org/seguridad/campana_uocra.htm


martes, 18 de agosto de 2015

¿Que es la Prevención de Riesgos?



La prevención de riesgos  es la disciplina que busca promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante la identificación, evaluación y control de los peligros y riesgos asociados a un proceso productivo, además de fomentar el desarrollo de actividades y medidas necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo.

A la vez es un conjunto de medidas destinadas a evitar o dificultar la ocurrencia de un siniestro y a conseguir que, si el accidente se produce, las consecuencias sean las mínimas posibles.









Referencia:



Bligoo. (2012). SIEMPRE ES MEJOR PREVENIR QUE CURAR. Agosto 15, 2015, de Bligoo Sitio web: http://prevencionderiesgoslaborales1.bligoo.cl/siempre-es-mejor-prevenir-que-curar#.VdPE67J_Oko


Juntos contra la silicosis. (2012). “CHILE TIENE MUCHO QUE CRECER EN PREVENCIÓN DE RIESGOS”. Agosto 18, 2015, de Juntos contra la silicosis 3M Sitio web: http://www.juntoscontralasilicosis.cl/blog/entrevistas/chile-tiene-mucho-que-crecer-en-prevencion-de-riesgos/

sábado, 8 de agosto de 2015

¿QUÉ ES LA CULTURA PREVENTIVA?


En la actualidad no se ha proporcionado un concepto de lo que es la cultura preventiva que sea aceptada.

Cuando se habla de la cultura preventiva, no se trata de crear una nueva cultura, sino que se trata de educar para crear una nueva cultura, es para crear conciencia, adoptar nuevas conductas y una actitud responsable  y de respeto por las vidas de los trabajadores.


La cultura preventiva  implica una actitud colectiva que solo puede construirse mediante un largo proceso social, donde cada trabajador sea capaz de cambiar situaciones peligrosas y acciones inseguras.


Podemos decir que cultura preventiva es “un conjunto de aptitudes y creencias positivas, compartidas por cada uno de los miembros de una empresa sobre los riesgos, accidentes laborales,  enfermedades profesionales y medidas preventivas”, todos los trabajadores de una empresa debe promover acciones preventivas exista o no un desastre inminente.