viernes, 28 de agosto de 2015

¿Quiénes Entregan Los EPP?

Los artículo 53º y 54º del Decreto Supremo Nº594, establece que las obligaciones del empleador son las siguientes: entregar en forma gratuita los elementos de protección, que tales equipos sean adecuados al riesgo a cubrir, que se capaciten a los trabajadores en el uso correcto y en la mantención de su funcionamiento, y en último término, que estos productos sean certificados, de acuerdo con las normas y exigencias de calidad que rijan para tales artículos según su naturaleza, de conformidad a lo establecido en el Decreto Nº18. Al mismo tiempo, señala la obligación del trabajador de usar los equipos mientras permanezca expuesto al riesgo.













Referencias.

Instituto de salud publica. (2014). Marco Legal: Sección Elementos de Protección Personal. Agosto 26, 2015, de Ministerio de Salud Sitio web: http://www.ispch.cl/saludocupacional/subdepto_seguridad_tecnologias/secciones/proteccion_personal/marco_legal


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